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Fondo de Fortalecimiento de Organizaciones Patrimoniales 2023

Este segunda convocatoria a la Línea para Organizaciones Pertenecientes a las Zonas Afectadas por Incendios Forestales  se realiza en el marco de  la tercera versión del Fondo de Fortalecimiento de Organizaciones Patrimoniales (FFOP), año 2023.

Se pondrá énfasis en aquellas Organizaciones sin fines de lucro, que se hubieran visto perjudicadas por los Incendios Forestales y que se encuentren geográficamente ubicadas en aquellos territorios declarados como zonas afectas por Catástrofe, conforme lo señalado en el Decreto N°57, de fecha 07 de febrero de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; que “Dicta normas de excepción que indica, para las regiones de Ñuble, del Biobío y de La Araucanía, declaradas como zonas afectadas por catástrofe” y que, en atención a la situación antes señalada tuvieran consecuencias que impactaron en su economía siendo perjudicadas en la obtención de recursos, poniendo en riesgo el desarrollo de su Plan de Gestión y la continuidad de su funcionamiento, o bien de las actividades específicas a realizar con las comunidades con las cuales se relacionan.

Se efectuará una sola postulación a la presente línea, en donde las Organizaciones sin fines de lucro postulantes, podrán solicitar hasta $30.000.0000.- (treinta millones de pesos).

Convocatoria cerrada
Fecha de inicio convocatoria
Fecha de cierre convocatoria
Monto total del fondo
Hasta $500.000.000
Dirigido a
Podrán postular todas las Organizaciones Patrimoniales, sin fines de lucro, de las regiones del Ñuble, Biobío y la Araucanía, las que deben constar como persona jurídica de derecho privado y haber sido constituidas con anterioridad al 01 de enero de 2020 inclusive, cuya misión se encuentre orientada al rescate, recuperación, conservación, puesta en valor y difusión del patrimonio cultural, tanto material e inmaterial que se vinculen con los ámbitos de acción y misión del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural: archivos patrimoniales, museos, bibliotecas, patrimonio cultural de los pueblos originarios, Sitios de Memoria, patrimonio cultural material e inmaterial y monumentos; y que cumplan con los antecedentes que se solicitan en el las presentes Bases